
El letrado que defiende a la magistrada de General Pico en el caso Lucio Dupuy sostuvo que la jueza no tenía que hacer un seguimiento del caso y que cuando se otorgó la custodia a Magdalena Espósito, no había motivos para no hacerlo. “No hay mal desempeño”, señaló.
Pablo Rodríguez Salto es uno de los abogados que defenderá a la jueza de General Pico, Ana Clara Pérez Ballester, en el jury de enjuiciamiento que iniciará la oposición y el oficialismo en La Pampa. Opinó que el pedido de las y los legisladores responde a un sector de la sociedad y no lo desligó de la contienda electoral. Aseguró que todavía no ha sido notificado formalmente del inicio del proceso
El abogado Pablo Rodríguez Salto, defensor de la jueza de General Pico, Ana Clara Pérez Ballester se refirió al jury de enjuiciamiento contra la magistrada, en el marco del caso de Lucio Dupuy, señaló que “desde los primeros contactos que hemos tenido, ella me explicó siempre cuál había sido su conducta en el expediente. Su actuación fue anterior a la aparición de cualquier signo de violencia y no hizo nada malo”, afirmó el abogado al periodista Daniel Lucchelli.
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Consultado sobre si la jueza debió hacer un seguimiento del caso, Rodríguez Salto dijo que no. “No existe esa tarea a cargo de los jueces de familia. Uno otorga la tenencia y no existe una supervisión posterior a cargo de los jueces de familia. Sí actúan con posteridad, si alguien alerta que esa tenencia debe ser revocada”, explicó el letrado.
“En el medio, intervienen otros organismos, como la Dirección de Niñez, en la medida que se enteren por alguien que hay una situación de riesgo o vulneración de derechos para esos niños”, afirmó.
En referencia al jury de enjuiciamiento, Rodríguez Salto, señaló que todavía no ha sido notificado formalmente. “En el marco del jury, no nos han notificado. Ahora se iniciarán ciertos trámites previos, para dar participación al acusado”.
“Este jury se hace en respuesta a un clamor en cierta parte de la sociedad y los partidos mayoritarios se terminan haciendo eco, en el medio de una situación de campaña electoral. Veo que puede existir una situación de incomodidad, al no hacer el pedido de jury, de una parte que la sociedad le pide”, dijo Rodríguez Salto. “También, esto tiende a que se realice una investigación y la jueza presente sus pruebas pertinentes, es decir que puede haber buena fe en hacer esta denuncia, pero a mí me resulta difícil despegarlo del momento en el cual se hace”, agregó.
La responsabilidad de otros estamentos del Estado
En el caso que terminó con la muerte de Lucio Dupuy, se han oído reclamos hacia otros organismos del Estado como Salud, por los diferentes ingresos del menor con lesiones en diferentes consultas al sistema de Salud, Educación, por la falta de información de maestras jardineras y Seguridad, cuando efectivos fueron a atender una denuncia de una vecina y se equivocaron de domicilio. Consultado sobre la responsabilidad de estos estamentos Rodríguez Salto señaló que “sería irresponsable si emitiera una opinión sobre hechos que no conozco en detalle”.
A modo de cierre, el letrado señaló que “estoy convencido, desde la primera conversación que tuve con Ana Clara y luego de leer los expedientes de familia, que cuando ella actuó, no existía ninguna señal de alarma que hiciera recomendable, tomar alguna decisión diferente a la que se tomó. Por lo tanto, no hay mal desempeño”.
Cabe recordar que el viernes por la mañana, los y las legisladoras del PRO, Martín Ardohain y Laura Trapaglia, en primer lugar, y luego todo el bloque del FreJuPa, presentaron el pedido de enjuiciamiento de la magistrada que le otorgó la tenencia de Lucio a la madre sin investigar el acuerdo de partes que se le presentaba.
El peronismo anticipó que no hará declaraciones para “no revictimizar a la familia” de Lucio Dupuy, el niño asesinado a golpes el 26 de noviembre de 2021. Por el crimen fueron condenada a cadena perpetua la madre, Magdalena Esposito Valenti, y su pareja, Abigaíl Páez.
En cambio, el PRO exige que la jueza debe explique por qué “no se realizó un informe socio-ambiental del contexto familiar, donde iba a vivir Lucio”; “no se informó, ni se citó a testigos”; “no se escuchó al menor”; “no fue abordado desde el Juzgado por un equipo de profesionales”; “no se notificó al padre del menor, que tenía el cuidado personal compartido, y la responsabilidad parental”; ni explicó el “cambio de centro de vida de General Pico a Santa Rosa”.

