
La Cámara de Diputados trata la adhesión de La Pampa a la “Ley Lucio”. Se presentaron dos proyectos, uno de Propuesta Federal y otro del Frente Justicialista Pampeano, que serán unificados.

En plenario de comisiones, la Cámara de Diputados de La Pampa adherirá a la “Ley Lucio” que fomenta la capacitación de agentes del estado y de sectores privados en la prevención de violencia contra las infancias y las adolescencias.
Se presentaron dos proyectos, uno de la diputada Laura Trapaglia, y otro del FreJuPa. Participaron Ramón Dupuy y Silvia Gómez, abuelos por parte de padre de Lucio, el abogado que los representó en el juicio que terminó con la condena de la madre del niño Magdalena Espósito Valenti, y su pareja, Abigaíl Páez a prisión perpetua, y el defensor de Niños, Niñas y Adolescentes de La Pampa, Juan Pablo Meacca.
Tras la sentencia a perpetua, desde la familia exculparon al personal de niñez y adolescencia, al defensor provincial, y le apuntaron al servicio de salud pública por no dar las alertas necesarias para intervenir y evitar la muerte del niño. Dijeron que niñez y la defensoría, no se enteraron de la violencia que padecía el niño porque “Salud nunca activó las alarmas”.
El proyecto de Trapaglia, dice:
La provincia de La Pampa adhiere en todos sus términos a la Ley Nacional “Plan Federal de Capacitación de carácter continuo, permanente y obligatorio, en derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes”
Por medio del presente proyecto se pretende adherir a la Ley Nacional“Ley de Creación del Plan Federal de Capacitación sobre Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes”.
Todos los legisladores de esta Honorable Cámara de Diputados como representantes del pueblo que nos ha elegido, tenemos una deuda con las infancias y adolescencias de nuestra provincia, por ello sería de mucha importancia poder aprobar el presente proyecto de Ley por unanimidad sin importar tintes políticos ya que es una temática que nos involucra a todos y todas.
A través del Proyecto de Ley presentado en el Congreso de la Nación se pretende crear el Plan Federal de Capacitación de carácter continuo, permanente y obligatorio en derechos de niños, niñas y adolescentes, destinado a todas las personas que se desempeñan en áreas y dependencias del poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Nación. La autoridad de aplicación será la Secretaria Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, dependiente del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación.

Todo ello es a fin de que se puedan detectar y prevenir situaciones de violencia que los infantes y adolescentes podrían estar sufriendo y lograr que las leyes existentes que garantizan el ejercicio de sus derechos efectivamente sean cumplidas.
Asimismo, se prevén campañas de concientización con la finalidad de promover y defender los derechos de los niños, niñas y adolescentes, las cuales deben difundirse en medios de comunicación nacionales, provinciales, entidades públicas nacionales y distintas redes sociales. Lamentablemente, luego de un repudiable hecho ya de público conocimiento quedó en evidencia que el Estado no protege ni reconoce de manera eficiente los derechos de los niños, niñas y adolescentes reconocidos en la Constitución Nacional, en los diferentes instrumentos internacionales de derechos humanos con jerarquía constitucional (Art. 75 inc. 22 CN), Ley 26.061 de Protección Integral de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes y Ley Provincial 2703, por ello es necesario arbitrar los medios legales necesarios para proteger nuestras infancias y adolescencias.
Que haya más personas capacitadas en la materia significa poder detectar y actuar tempranamente ante el conocimiento de los padecimientos que puede estar sufriendo un infante o adolescente, y hasta se podría evitar un mal mayor.
Lo mismo ocurre cuando NNyA se informan acerca de cuáles son sus derechos y las herramientas que pueden utilizar para denunciar un hecho que sufren o simplemente para tener un espacio de escucha y acompañamiento.
Es por ello, que es necesario adherir a la Ley Nacional y que desde el Estado Provincial se arbitren los medios necesarios a fin de cumplir con los objetivos de la misma, esto es: a) capacitación obligatoria en materia de derechos de la infancia y violencias contra niñas, niños y adolescentes para todas las personas que se desempeñen en la función pública en todos sus niveles y jerarquías en los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Provincia de La Pampa; b) El Poder Ejecutivo Provincial deberá realizar campañas semestrales a fin de dar a conocer el sistema de protección y promoción de los derecho de NNyA; c) asimismo, deberá́ adaptar el protocolo nacional, establecido en el artículo 5 de la Ley Nacional, a sus instituciones a fin de garantizar el reconocimiento uniforme a nivel nacional de los derechos de todos los niños, niñas y adolescentes; d) del mismo modo, deberá garantizar el funcionamiento de la Línea 102.
Con respecto a este último punto, es necesario mencionar que aun reposa en los archivos de esta Cámara un proyecto presentado por el Bloque de Propuesta Federal el día 16 de mayo de 2021 donde entre otras cosas se exhortaba al Poder Ejecutivo Provincial a utilizar nuevas tecnologías y canales de comunicación que tanto utilizan los infantes y adolescentes como whatsapp, Instagram, Facebook en pos de difundir los derechos de los N, N y A. Asimismo, articulaba la necesidad de llevar a cabo campanas semestrales de concientización en instituciones públicas y privadas, organismos administrativos y judiciales con competencia en la materia. Además, concientizar al personal docente y no docente y al alumnado.
Del mismo modo, se exhortaba al Ministerio de Desarrollo Social junto con el Ministerio de Seguridad a realizar capacitaciones a los agentes policiales para que brinden respuestas eficaces ante denuncias en la Línea 102.
Es importante que se tenga presente tal proyecto mencionado teniendo en cuenta que la línea 102 que se implementó en la Provincia en el mes de septiembre del 2022 instalo en forma provisoria, un circuito digital que enlaza llamadas realizadas desde la Provincia hacia una central telefónica en CABA, a través de la cual, en forma automática y por un enlace digital se devuelven las consultas a los servicios de guardias provinciales.
Por ello, a fin de cumplir con los objetivos de la ley nacional a la que se insta a adherir, es necesario adoptar un sistema telefónico definitivo y más directo para poder garantizar un sistema de denuncias y escucha protegiendo y previniendo la vulneración de los derechos de NNyA.

