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Así se traiciona: el acta entre el sindicato y la patronal de la CPE, que envidiarían Macri, Milei y López Murphy

20 julio, 2023
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Con bombos y platillos se anunció que la CPE daba marcha atrás con los descuentos salariales al personal que ejerció el derecho constitucional a peticionar por sus derechos, pero en el acta, la patronal y el sindicato, advierten y aleccionan a los díscolos que osaron pedir por sus derechos.

A ningún lector o lectora le llamaría la atención que una patronal manifieste su enojo y furia contra quienes los critican y los acusan de hambrear al personal, y esperarían que el sindicato, se plantara en favor de los derechos de las y los trabajadores.




Pero, nada de eso pasó en el acuerdo en el que la CPE, conducida por Alfredo Carrascal en representación de la progresista Lista Celeste, y el gremio, que se supone, vela por los derechos de sus representados.

Y otro pero: no es cualquier patronal, la CPE suele diferenciarse de las grandes empresas al mostrar, hacia afuera, una cara solidaria y posturas políticas progresistas. El acta muestra que cuando de empleados se trata, se comporta como las patronales que sus discursos cuestionan, y que, a los sindicatos, por algo, se les autoconvocaron las y los trabajadores.

El acta

El acuerdo, por el cual devolverán los descuentos realizados a quienes osaron reclamar por sus derechos, advierte de posibles sanciones, y el sindicato, lo firmó.

Dejan en evidencia que no les gustan los autoconvocados, que consideran un exceso el reclamo, y que los descuentos, no terminaron. Toda persona que se atreva a levantar la voz, será objeto de la sanción patronal.

Y por si no les quedó claro, les niegan el derecho a volver a reclamar.

Todos esos postulados, cuentan con la firma de la conducción de la CPE y con la conducción sindical. Algo así, como la envidia de los sectores políticos que quieren hacer una reforma laboral que no es ni más ni menos que la quita de derechos. Esos que la derecha dice que se deben eliminar

Lo firmado pone a las y los autoconvocados, si no quieren ser pisoteados, en la única alternativa de seguir con sus reclamos bajo esa modalidad, ya que ninguna de las conducciones de los sindicatos de Luz y Fuerza, lo hizo.

Y un viejo principio jurídico los ampara: nadie se puede obligar a cumplir cláusulas ilegales, que, en este caso, sería el cercenamiento constitucional del derecho a reclamar.

A continuación, el texto del acta firmada:

INTRODUCCIÓN:

1) Que algunos empleados/as del sector eléctrico de «LA COOPERATIVA» se «auto convocaron» e iniciaron intempestivamente a partir del mes de mayo 2023 reclamos salariales aparentemente disconformes con los acuerdos paritarios firmados entre FEPAMCO y FALTYF

2) Que el reclamo no siguió los causes de cualquier reclamo plurindividual, excediéndose en las formas, utilizando mecanismos propios de los reclamos colectivos, pero sin el respaldo ni garantías de los que éstos últimos gozan, colocándose en un estado de indefensión, sin medir las consecuencias.

3) Así el conflicto llegó a su punto máximo cuando «LA COOPERATIVA» ante el incumplimiento del «debito laboral» por parte de las y los trabajadores resuelve descontar los salarios en forma proporcional a las horas que dejaron de laborar. Se acompaña en Anexo I al presente el listado de aquellas trabajadoras y trabajadores a los cuales se le efectuó el descuento.

4) En este estado de situación y habiéndose cumplido las advertencias que recibieron las/os trabajadores por parte de «EL SINDICATO» resulta necesario recomponer la paz social y el diálogo constructivo y en atención a ello «LAS PARTES acuerdan:

PRIMERO: «EL SINDICATO se ha presentado por ante la Secretaría de Trabajo y Promoción del Empleo de la Provincia de La Pampa formándose el expediente 12.775-23, solicitando la intervención de ese organismo ante el conflicto denunciado.

SEGUNDO: «LA COOPERATIVA» ha tomado intervención en el mencionado expediente y ha expuesto su voluntad de poner solución a esta situación y el reconocimiento a nuestra organización gremial como representativa de los y las trabajadoras.

TERCERO: A instancia de «EL SINDICATO», «LA COOPERATIVA» efectuará la devolución de los salarios correspondientes al mes de mayo 2023, que descontara a los/as trabajadoras por su incumplimiento del débito laboral, medida que se hará efectiva dentro de las setenta y dos horas (72 hs.) de la firma de la presente acta, situación que además será puesta en conocimiento de las trabajadoras y trabajadores a los cuales se le efectuaron los descuento objeto de la presente. Asimismo LA COOPERATIVA no efectuará los descuentos correspondientes al incumplimiento del débito laboral en que incurrieran durante el mes de junio 2023

CUARTO: Aquellos trabajadores y trabajadores que, a partir de la notificación de la presente acta, realicen acciones individuales o pluri individuales sin respetar las normas que amparen legalmente esas sufrirán las consecuencias de las acciones que «LA COOPERATIVA» tiene el derecho de ejercer.

QUINTO: «LAS PARTES» presentaran este acta por ante la Secretaria de Trabajo y Promoción del Empleo de la Provincia de La Pampa a los efectos que convoque a las/los trabajadores objeto de los descuentos salariales y notificarles de los alcances del presente y, exhortarlos para que cesen con esta modalidad de efectuar reclamos dado que dichas formas no cuentan con amparo legal alguno y, con el fin de garantizar la paz social y el normal desarrollo de los servicios brindados por la CPE a la comunidad.

SEXTO: En Anexo I se acompaña listado de las/os trabajadores referenciados en el punto 3 de la presente acta-

En prueba de conformidad se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de Santa Rosa La Pampa a los 19 días del mes de Julio de 2023.

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