
El Ministerio de Economía anunció el descuento del 21% para compras de productos incluidos en la canasta básica, pero surgieron preguntas sobre como se implementará, a quienes alcanzará, que se podrá comprar y como se podrá pagar.
En principio hay que decir que el beneficio estará vigente a partir del lunes 18 de septiembre y regirá hasta el 31 de diciembre de este año.
Según el anuncio oficial, se beneficiarán unos 9 millones de trabajadores en relación de dependencia que ganan menos de $708.000 brutos mensuales, 2,7 millones de monotributistas y 440 mil empleados y empleadas de casas particulares. También los 2,5 millones de beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y 7 millones de jubilados y pensionados (incluyendo cajas provinciales), que no podrán cobrar más de tres haberes mínimos, que se encuentra en $87.460.
-Tope de devolución
Tiene un tope de reintegro de $18.800 mensuales. Si el 21% de las compras realizadas en el mes supera ese techo, de todas formas el reintegro no podrá superar esa suma.
El reintegro se efectúa a las 48hs luego de la compra.
-Dónde comprar
Se podrá comprar en cualquier comercio que venda productos de la canasta básica, como supermercados, almacenes, supermercados chinos, carnicerías, verdulerías y más.
También incluye farmacias y comercios, además de supermercados. Se puede utilizar para compras en mayoristas pagando con tarjeta de débito.
-Compra online
También se podrá comprar online si es con débito cuenta sueldo.
-Billeteras virtuales
Por el momento las billeteras virtuales como Ualá, Mercado Pago, MODO u otras, no están incluidas.
Tampoco se puede comprar con crédito.
-¿Se puede combinar con otros beneficios?
Se puede mientras sea con débito, que tienen otras promociones bancarias y acumular descuentos. El reintegro del 21% se realiza a la compra.
-Los productos incluidos en la Canasta Básica Alimentaria que recibirán el 21% de reintegro
Pan, leche, galletitas de agua/dulces, arroz, harina de trigo y otras harinas, fideos, papa/batata/ hortalizas/frutas, azúcar, dulces, legumbres secas, hortalizas, frutas, carnes, menudencias, fiambres, huevos, queso, yogur, manteca, aceite, bebidas no alcohólicas, bebidas alcohólicas, sal fina, condimentos, vinagre, café y yerba.
-Actualización del monto
La ampliación tendrá un monto actualizable que será equivalente al 21% del valor de la Canasta Básica Alimentaria (CBA) que publica todos los meses el INDEC, y que marca cuál es el ingreso que necesita un hogar para no caer bajo la línea de indigencia.
El último valor informado que es del mes de julio, fue de $111.642 para un hogar de dos adultos y dos niños.
-¿El reintegro es por persona o grupo familiar?
El limite mensual de reintegro es por persona y no por grupo familiar, y que no es acumulable: es decir, si una persona es monotributista y, al mismo tiempo, trabaja en relación de dependencia, tendrá un límite de $18.800.

