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Eliminado por Milei: Aprobaron despacho de Rauschenberger para restablecer el FONID

29 mayo, 2024
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La Cámara de Diputados de la Nación consensuó un proyecto que será tratado en el recinto de sesiones para restablecer el Fondo Nacional de Incentivo Docente establecido en 1999 tras 1003 días de Carpa Blanca frente al Congreso Nacional, en la que la CTERA ayunó en reclamo de mayor presupuesto educativo y mejores salarios durante tres años de gobierno de Carlos Menem.




Ni bien asumió, la motosierra libertaria elimino el FONID, el Fondo de Transporte Público, y a poco de andar, echó a 275 mil trabajadores del sector privado, un número similar en el sector no registrado y busca echar a 70 mil empleados del estado. Ayer, luego de varias iniciativas, el proyecto del diputado nacional por La Pampa, Ariel Rauschenberger, se tomó en cuenta y fue unificado junto a la iniciativa de otros dos diputados: busca restablecer el Fondo Nacional de Incentivo Docente eliminado por Milei.

Las comisiones de Educación y de Presupuesto y Hacienda han considerado los proyectos de ley del señor diputado Rauschenberger, el de las diputadas Tavela y los diputados Cobos y Kirchner para restituir el Fondo Nacional de Incentivo Docente desde el 1 de enero de este 2024.

Este año, el FONID fue eliminado por Javier Milei en su política de ajuste de los salarios de las y los trabajadores de la Educación.

El proyecto establece que se restituye desde el 1 de enero de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2029. Por el recorte en educación, los sindicatos realizaron medidas de fuerza y movilizaciones.

El proyecto dice:

ARTICULO 1°. – El Fondo Nacional de Incentivo Docente, incluyendo sus componentes conectividad y material didáctico, en el marco de la Ley Nº25.053 y sus modificatorias dispuestas por Ley N° 26.075; Ley Nº 26.422; Decreto N° 2054/2010;  art. 62 de la Ley 26.728; art. 1° de la Ley N° 25.919; art. 13 de la Ley Nº 27.591 y art. 3° del Decreto N° 88/2022 continuará vigente desde el 1º de enero de 2024 y por el término de cinco (5) años.

ARTICULO 2°. – El Consejo Federal de Educación, fijará criterios de asignación tendientes a garantizar los fines y objetivos del Fondo Nacional de Incentivo Docente.

ARTICULO 3°. – Los montos correspondientes destinados al Fondo Nacional de Incentivo Docente correspondiente al año 2024 se definirán en el Convenio Marco/ Paritaria  Nacional establecido en el artículo 10° de la Ley 26.075, y serán retroactivos a la fecha del último pago realizado y transferido por el Estado Nacional a las provincias.

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