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Represores en La Pampa: ordenan la detención de Pérez Oneto, y esperan un examen médico

31 diciembre, 2024
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La Corte Suprema dejó firme la sentencia y ordenaron su detención inmediata, pero cómo se encuentra detenido en su casa por razones de salud, realizarán un nuevo análisis médico. Permanecerá detenido en su domicilio.

Máximo Alfredo Pérez Oneto fue condenado en esta causa a la pena de dieciséis años de prisión, actualmente se encuentra en libertad, luego de haberse dispuesto el cese de la prisión preventiva por orden del Tribunal Oral Federal de Santa Rosa, con fecha 21 de marzo de 2016.




Se trata del primer colaborador civil condenado por la represión estatal en La Pampa.

 

Baraldini, Cenizo y Marenchino, pueden volver a prisión por la segunda condena como represores de la dictadura

El pedido de detención de Pérez Oneto se da a menos de una semana de la liberación de otro represor: Carlos Roberto Reinhart, condenado a la pena única de veinticinco años de prisión, inhabilitación, absoluta y perpetua, accesorias legales y costas, comprensiva de las penas dictadas por el TOF “en las causas de veinte años, catorce años y doce años de prisión, respectivamente, en la actualidad se le concedió la libertad condicional”.

En el mismo fallo, se establece una audiencia de fijación de pena para Braldini, Marenchino y Cenizo, que pueden volver a prisión (ver aparte).

En la resolución judicial comunicada este 31 de diciembre por el Tribunal Oral Federal de Santa Rosa, se lee:

Téngase presente el informe elaborado por Secretaria, la petición de arresto domiciliario efectuada por la defensa de confianza de Máximo Alfredo Pérez Oneto como también el pedido de detención formulado por la representante del Ministerio Público Fiscal (agregados en la hoja 11.681/95 y 11.698/99 del actual expediente).

En tal sentido, por encontrarse firme la sentencia 21/2019 corresponde dar cumplimiento a lo ordenado en el punto dispositivo décimo séptimo de dicho resolutorio y disponer la inmediata detención, en el día de la fecha, de Máximo Alfredo Pérez Oneto.

Asimismo, elabórese el correspondiente cómputo de pena y su posterior remisión a conocimiento de la Secretaria de Ejecución del Tribunal.

Así las cosas y, en virtud de los motivos dados por la defensa de Pérez Oneto en su presentación del día de la fecha y tomando en consideración el antecedente de la prisión domiciliaria que por razones de salud, le habría concedido al nombrado la jueza federal subrogante el 22 de mayo de 2015, sumado a la edad del condenado y el tiempo transcurrido desde el cese de la prisión preventiva a la actualidad, corresponde, implementar provisoriamente la detención de Máximo Alfredo Pérez Oneto en su domicilio hasta tanto se resuelva, por vía incidental, la petición defensista.

Fíjese como domicilio de cumplimiento de detención el sito en ***** de la ciudad de Santa Rosa. Se impone al nombrado la obligación de permanecer en el domicilio invocado, no pudiéndose ausentar del mismo, salvo previa y expresa autorización emanada de este Tribunal, bajo apercibimiento de revocar lo aquí resuelto.

Dispóngase la colocación de un dispositivo de monitoreo electrónico sobre la persona de Pérez Oneto y la intervención de la DECAEP.

Asimismo, existiendo la necesidad de un conocimiento integral de la condición de salud bio-psicosocial y las eventuales patologías que pudiera registrar Pérez Oneto, solicítese al Decano del Cuerpo Médico Forense de la Nación que, a través del personal profesional a su cargo, disponga el correspondiente examen médico sobre el nombrado.

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