
La Libertad Avanza no logra completar en tiempo y forma los trámites exigidos para la continuidad del partido político. El juez Baric rechazó lo actuado por Patterer y Adrián Ravier no puede, por ahora, presentarse como candidato a diputado nacional.
La Libertad Avanza no da pie con bola con la normalización del partido: Juan Pablo Patterer presentó un pedido de nulidad de todo lo actuado con anterioridad y pidió la validación de las nuevas actuaciones, pero fue rechazado “hasta que el presentante haya intervenido como apoderado y certificador partidario”.
Patterer fue impugnado el año pasado como presidente, apoderado y certificador por el juez Juan José Baric, quien consideró que el Congreso partidario de diciembre era irregular por no respetar la división de poderes. Luego, a su socio en la toma del partido, Nicolás Boschi, le inició una causa judicial por supuesta falsificación de firma en una ficha de afiliación.
El día que el juez anuló el Congreso de diciembre de 2024, le quitó legalidad a sus actuaciones, y al día de hoy, considera no resuelta esa situación.
“Con relación al acta del Consejo Ejecutivo a la que se refiere el presentante, mediante la cual se le revocó la representación partidaria (mandato de apoderado) fue oportunamente ratificada por el tribunal”, se lee en el fallo.
“Por su parte, el acta del Consejo Ejecutivo mediante la cual se lo removió del cargo de certificador partidario, entre otras decisiones… fue tenida presente por el tribunal, sin que haya mediado impugnativo jurisdiccional alguna, en tiempo oportuno”, agrega.
“Cabe aclarar que en base a las decisiones y actas aportadas por el entonces Consejo Ejecutivo el tribunal proveyó y registro determinadas cuestiones y novedades informadas oportunamente (ver designación de tesorero, designaciones de certificadores partidarios, decisión del partido de autos de formar parte del de Orden Nacional, renuncias de cargos partidarios, designación de tesoreo, etc.), no siendo viable materialmente que puedan ahora, meses después ser declaradas nulas, alterando situaciones consolidadas didácticamente”, reprochó.
“Sobre el particular, tiene dicho la Excelentísima CNE que la vida institucional interna de los partidos políticos, esencialmente dinámica, se caracteriza por la adopción de decisiones que a menudo son consecuencia la unas de las ostras y requieren necesariamente, por ello, de la estabilidad jurídica de las que constituyen su antecedente. La seguridad que resulta de situaciones jurídicamente consolidadas reviste, por tanto, particular relevancia en este aspecto y no puede quedar indefinidamente en suspenso. Se concluye así que los actos orgánicos de una agrupación política no pueden ser cuestionados sin límite temporal alguno, pues ello vulneraría el espíritu de la ley y seriá contrario al principio de seguridad jurídica enunciado más arriba”, añade.
“Por ello, hasta tanto no se cumpla con lo dispuesto (regularización de actas), no corresponde que el tribunal tenga por válidas las actuaciones en las que el presentante haya intervenido como apoderado y/o certificador partidario”, resuelve.
Por último, deja la puerta abierta a que “mediante nuevas decisiones, dejen sin efecto designaciones o mandatos anteriores, y/o realizar nuevas designaciones” siempre “con arreglo a la carta orgánica partidaria”.
Desde que Patterer y Boschi intentaron desplazar al sector de Luciano Ortiz y la llamada Tercera Posición, La Libertad Avanza La Pampa no logra normalizar el partido y corre riesgo de volver a quedar afuera de las elecciones legislativas.
A fines de junio, Adrián Ravier fue elegido presidente de LLA LP, pero esas actuaciones, penden de que Patterer resuelva lo anterior, ya que son alcanzadas por las mismas nulidades.

