
La Asociación Trabajadores del Estado – ATE La Pampa informó “que la Municipalidad de Santa Rosa despidió sin causa a la trabajadora Jorgelina Guerrero”. Se trata de una empleada que entró con un contrato por la vacante que se produjo por el fallecimiento de su padre.
Explicaron que “Jorgelina es una trabajadora a quien le corresponde el cargo de su padre por fallecimiento, haciendo uso del Art.31 (*) de la Ley 643. Su padre era trabajador municipal fallecido durante la pandemia”.
“Desde un principio, durante el año 2020, la municipalidad de Santa Rosa intento bloquear su ingreso. Luego obligaron, mediante presiones, hacer que Jorgelina firmara un contrato equiparado, dos años después de iniciado el reclamo de ingreso (2022), cuando la ley 643 fija claramente la ‘planta permanente’”, indicaron.
“Durante los tres años que duró su contratación no percibió ningún llamado de atención o informe negativo por parte de sus superiores, lo que confirma su muy buen desempeño en las funciones. Hoy, al momento de renovar el vínculo, se encuentra con la noticia que es despedida y que la patronal exhibe un informe negativo, informe del cual nunca fue notificada. Recordemos que Jorgelina tendría que estar gozando de la Planta Permanente desde su primer vínculo con la Municipalidad de Santa Rosa”, aseveraron.
“Por eso denunciamos que en vez de reconocerle su derecho se la ha sometido a una precarización sistemática, la dejan en la calle con argumentos sin sustentos, ni pruebas, sin permitirle el derecho a defensa”, señalaron.
“Esta actitud de la gestión di Nápoli es una forma más de violencia institucional y laboral, es un modelo de gestión que descarta a quienes sostienen las áreas con esfuerzo y compromiso, aun encontrándose en una precarización”, enfatizaron.
Con dureza señalaron que “estamos ante un hecho de extrema gravedad, en medio de una crisis económica que golpea con fuerza a las familias trabajadoras. Dejar sin trabajo a una madre sostén de familia, sin ningún tipo de resguardo es criminal , y responde al accionar de plantar un gobierno cercenador de todo derecho laboral”, acusaron.
“Desde ATE, Repudiamos este hecho y vamos a acompañar a Jorgelina, como lo hemos hecho desde que llegó a nuestra ATE, la vamos a acompañar en cada instancia y vamos a tomar todas las medidas necesarias para que este atropello no quede impune.”, finalizaron.
A modo de información, también compartieron el artículo de la ley 643 que establece el derecho al acceso a la vacante: “Artículo 31°: En caso de fallecimiento de un agente permanente, el cónyuge supérstite o uno de los hijos/as, en este orden, tendrá derecho a ser nombrado, sin prueba de selección, en un cargo vacante de la categoría inferior de la rama correspondiente a la especialidad y condiciones que posea, siempre que acredite los demás requisitos para el ingreso y no desarrolle actividad en forma autónoma o cumpla áreas en relación de dependencia al momento del dictado del acto administrativo que dá de baja al agente. El derecho que acuerda este artículo deberá ser ejercido dentro de los 180 días corridos desde la fecha del decreto que disponga la baja.”

