
Adriana López Quinteros, candidata en segundo lugar a diputada nacional detrás de Juan Carlos Tierno, afirmó que desde el MoFePa apelarán la resolución del Juez Federal, Juan José Baric, “porque se ha perdido la objetividad. El fin de los partidos es participar de las elecciones y someterse a la voluntad popular”, indicó.
“Tenemos la disposición del juzgado que todavía no nos considera al MoFePa con autoridades definitivas. Esta resolución no la consentimos y vamos a defender nuestra participación”, señaló López Quinteros tras conocer la resolución que los saca, en principio, de las elecciones de octubre.
“Por encima de cualquier documentación, está el espíritu de representación de la ciudadanía a través de la participación de las elecciones. Nos reprocha que el MoFePa tiene personaría provisoria, pero nosotros nos vamos a defender y vamos a impugnar la resolución del juez federal”, adelantó en diálogo con el periodista Daniel Lucchelli.
“Consideramos que hemos cumplido con todos los pasos procesales, hemos solicitado el reconocimiento definitivo y hemos aportado el acta de designación de autoridades. Vamos a seguir defendiéndonos para que no nos silencien. Consideramos que se ha perdido la objetividad en la resolución”, indicó.
Acuerdo
López Quintero aclaró que “se trata de un acuerdo programático, no de una alianza electoral. Nosotros nos presentamos como MoFePa con un dirigente extrapartidario en la cabeza de la lista”.
“Siempre tuvimos la vocación de participar de las elecciones, para eso son los partidos políticos. Nadie nos llamó, solamente se iniciaron conversaciones a través de Maximiliano Aliaga y Juan Carlos Tierno. Pudimos ver que había muchos puntos en común y por eso nos presentamos para llevar una opinión distinta en el Congreso, con pasión y debate, cosa que se ha ido perdiendo, porque muchas veces solo van a completar el quorum y levantar la mano”, finalizó.
Plan B pudo saber que el MoFePa ya tiene la apelación escrita y que será presentada en breve.
La resolución judicial
El juez Juan José Baric sacó de la elección al MoFePa porque “no habiéndose constituido el cuerpo electoral de la agrupación, no corresponde tener como válido el llamado a elecciones y la posterior designación de autoridades partidarias, informados a fs. 66vta., 68 y 70/71 (art. 7 bis in. ‘b’ ley cit.)”.
“En relación a la expedición de usuarios para el Sistema de Presentación de Candidaturas -SPC- (fs. 69 y 72) para la registración de candidatos a Diputados Nacionales (informados a fs. 70, pto. II y 73/82), no ha lugar. Ello, en tanto la agrupación cuenta, tan solo, con reconocimiento de la personería jurídica-política provisoria, no siendo factible la presentación de candidatos a cargos electivos en elecciones nacionales (art. 7, último párrafo, ley cit.). Asimismo, tampoco ha dado cumplimiento con lo dispuesto en el art. 7 inc. ‘c’ de la Ley 23.298”, agregó.
“Por todo ello, el pedido de otorgamiento de la personería jurídico-política en forma definitiva no puede prosperar. Lo contrario implicaría violar el derecho de igualdad ante la ley para con las demás agrupaciones políticas del Distrito que han cumplido, en tiempo y forma, con los requisitos legales para obtener la personería y, más aún, respecto de aquellos, que al no haber culminado el trámite, no pueden participar del proceso electoral en curso”, resolvió.

