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Andrés Gil Domínguez y el caso Villaverde: “El pueblo elige, pero la palabra final es de la Cámara y la Justicia”

27 noviembre, 2025
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El abogado constitucionalista pampeano se refirió a la posible asunción como senadora de Lorena Villaverde, sospechada de presuntos vínculos con el narcotráfico. Recordó que la Corte Suprema ya se dividió sobre si las Cámaras pueden evaluar la idoneidad moral más allá de los requisitos formales. En el caso, se enfrentan dos visiones: una formalista, que solo verifica requisitos, y otra sustancialista, que exige ética republicana.

El abogado, Doctor en Derecho y Posdoctor en Derecho, Andrés Gil Domínguez, opinó sobre la probable asunción de Lorena Villaverde, elegida como senadora por Río Negro, luego de sus presuntos vínculos con el narcotráfico.

Desde la red social X, Domínguez señaló que en este caso “se enfrentan una visión procedimental o formalista con una perspectiva sustancialista basada en la ética republicana. Para la primera, las Cámaras como “juez de las elecciones, derechos y títulos de sus miembros en cuanto a su validez” (art. 64 de la Constitución) solo pueden realizar un mero control formal de los requisitos exigidos por la Constitución argentina para ocupar el cargo de Diputado o Senador. Desde la perspectiva de la segunda, las Cámaras están constitucionalmente habilitadas para sumarle al control formal el ejercicio de un control sustancial basado en la idoneidad republicana emergente de los arts. 16, 29, 36 y 75.22 de la Constitución argentina”.




Para el doctor en Derecho, “el pueblo elige a quien le plazca, pero la palabra final no es la del pueblo, sino la de la Cámara y la del poder judicial”, y señaló que la voluntad popular no es vulnerada, porque puede asumir la persona designada como suplente.

EL RECHAZO DEL TÍTULO DE LA SENADORA ELECTA LORENA VILLAVERDE
El caso de la Senadora electa por la Provincia de Río Negro (y actual Diputada nacional por dicha provincia) Lorena Villaverde actualiza un eterno debate sobre el concepto de democracia. Se enfrentan una visión…

— Andres Gil Dominguez (@agildominguez) November 27, 2025

El posteo completo de Andrés Gil Domínguez

“El caso de la Senadora electa por la Provincia de Río Negro (y actual Diputada nacional por dicha provincia) Lorena Villaverde actualiza un eterno debate sobre el concepto de democracia. Se enfrentan una visión procedimental o formalista con una perspectiva sustancialista basada en la ética republicana. Para la primera, las Cámaras como “juez de las elecciones, derechos y títulos de sus miembros en cuanto a su validez” (art. 64 de la Constitución) solo pueden realizar un mero control formal de los requisitos exigidos por la Constitución argentina para ocupar el cargo de Diputado o Senador. Desde la perspectiva de la segunda, las Cámaras están constitucionalmente habilitadas para sumarle al control formal el ejercicio de un control sustancial basado en la idoneidad republicana emergente de los arts. 16, 29, 36 y 75.22 de la Constitución argentina.

En el caso “Bussi” (2007) la mayoría de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (integrada por Lorenzetti, Fayt, Argibay y Zaffaroni) adhirió a la posición formalista; en tanto que la minoría (integrada por Highton de Nolasco, Petracchi y Maqueda) asumió una postura sustancialista.

En este punto, la minoría, sostuvo que la idoneidad física, técnica y moral no es una creación metapositiva, sino que se trata de un requisito o pauta de evaluación, aplicable a cualquier cargo público, aunque no esté prevista en el artículo 48 de la Constitución argentina. De lo contrario, estaríamos ante una interpretación parcial, restrictiva y abrogante de la Constitución. Por este motivo, la idoneidad requerida constitucionalmente para ocupar un cargo público, aún en las hipótesis de que la legitimación provenga de la soberanía popular, abarca el concepto de idoneidad moral o ética. Por último, es muy importante destacar la diferencia que existe entre el sistema argentino y el sistema norteamericano, el cual no exige la idoneidad como pauta genérica de acceso a los cargos públicos, como si lo hace el artículo 16 de la Constitución argentina.

En el campo de la doctrina argentina Bidart Campos sostuvo que “si la Cámara posee poder disciplinario sobre sus miembros ya incorporados cuando sobreviene inhabilidad física y moral, hasta el extremo de la remoción (art. 66), hemos de dar por cierto que si esa inhabilidad es anterior a la incorporación, y la Cámara tiene conocimiento de ella, puede negarse a incorporar al electo” (Tratado elemental de derecho constitucional argentino tomo II-A, Ediar, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 2003, p. 530).

En el Estado constitucional y convencional de derecho argentino coexiste la idoneidad moral con la soberanía popular. Para poder acceder a la Cámara de Diputados o a la Cámara de Senadores se tienen que cumplir los requisitos formales del artículo 48 y acreditar la idoneidad sustancial republicana emergente de la Constitución argentina. De lo contrario, la sola invocación de un acto electoral, sería razón suficiente para crear un bill de indemnidad sobre cualquier clase de conductas u omisiones anteriores por más atroces o aberrantes que éstas sean (aunque no exista una condena penal).

Con el objeto de evitar arbitrariedades o abusos de las mayorías parlamentarias, la Corte Suprema Justicia de la Nación habilitó el control jurisdiccional sobre las decisiones de las Cámaras en la materia. De esta manera, el control político de forma y sustancia operado por las Cámaras, garantiza que las mayorías coyunturales no sean utilizadas como blanqueador de conductas reñidas con la idoneidad y la ética exigibles a un digno representante del pueblo; en tanto, el control jurisdiccional de las decisiones que adopten las Cámaras en cabeza de la justicia constitucional asegura la legalidad y razonabilidad de las mismas.

Tal como sostuvo Bidart Campos “el pueblo elige a quien le plazca, pero la palabra final no es la del pueblo, sino la de la Cámara y la del poder judicial”.

Por último, interdictar éticamente a una persona, no implica proscribir a un partido ni a una ideología organizada (como sucedió en otros tiempos históricos), por cuanto al asumir el suplente, desde una perspectiva general, la voluntad del electorado queda resguardada.

Quién es Lorena Villaverde

De 48 años, es diputada nacional por Río Negro desde 2023 y preside la Comisión de Energía de la Cámara baja.

En las elecciones legislativas 2025, y pese a que tiene mandato como diputada hasta 2027, se presentó como candidata a senadora nacional por la misma fuerza. Resultó electa por la minoría con una particularidad: en la categoría de diputados nacionales, LLA le ganó por más de 18 mil votos a Fuerza Patria; para el Senado, con Villaverde de candidata, Fuerza Patria ganó por 2.200 votos.

Según documentos judiciales de Estados Unidos que dieron a conocer diversos medios, Villaverde estuvo detenida en 2002 en el estado de Florida en un expediente por drogas que luego fue desestimado por la Justicia local. La diputada, consultada por La Nación, sostuvo que los cargos fueron “una trampa” que terminó en la nulidad del juicio. La presentación realizada por los apoderados del PJ también mencionan una primera detención por “obstrucción de la Justicia” en noviembre de 2001 en Miami, en la que resultó liberada por no tener antecedentes.

En Argentina, Villaverde también estuvo involucrada en causas civiles y comerciales:

En 2018 fue allanada por una denuncia por lavado de dinero que luego fue archivada,

Y en 2025 enfrentó un embargo por presuntas estafas en la venta de terrenos en Las Grutas (Río Negro).

También se reportaron conflictos internos en la Legislatura de Río Negro sobre la legalidad de su patrimonio y sus negocios inmobiliarios.

En su declaración jurada de 2024, Villaverde informó un patrimonio de $ 225 millones. En esa documentación aparece un lote de 134 hectáreas en Las Grutas, valuado en $ 12,1 millones y al que accedió en 1998 por herencia. También figura una casa en Escobar (provincia de Buenos Aires) y una inversión para la compra de un inmueble en el Club Deportivo Caza, Pesca y Náutica Mari Menuco, en Neuquén. También reportó un BMW y ahorros en pesos y en dólares, publicó Chequeado.

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