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La Corte Suprema avaló la RTO en Santa Rosa

10 abril, 2026
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El máximo tribunal rechazó el recurso de queja presentado por concejales del PRO y la UCR y dejó firme la legalidad de la Revisión Técnica Obligatoria en la capital pampeana.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firme la puesta en marcha de la Revisión Técnica Obligatoria (RTO) en Santa Rosa al rechazar el recurso de queja presentado por concejales del PRO y la UCR. El máximo tribunal no analizó el fondo del planteo y desestimó la presentación por un incumplimiento formal, lo que terminó por cerrar la vía judicial y consolidar el aval legal al sistema.

La resolución fue firmada por los jueces Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y Carlos Rosenkrantz. De esta manera, quedó sin efecto el último intento de los ediles opositores para cuestionar la validez de la normativa municipal que habilitó la concesión del servicio.




Como se recordará, el planteo había sido impulsado por los concejales Diego Camargo, María Luján Mazzucco, Romina Paci, María Fernanda Oddi y Marcelo Guerrero. Los dirigentes sostuvieron que la resolución 30/2024 del Departamento Ejecutivo Municipal autorizó la concesión de la RTO sin intervención del Concejo Deliberante, lo que —según argumentaron— vulneraba normas constitucionales y legales que exigen una ordenanza especial para ese tipo de decisiones.

En su presentación, las y los ediles cuestionaron el fallo del Superior Tribunal de Justicia de La Pampa, al que acusaron de haber incurrido en arbitrariedad. Señalaron que el tribunal provincial solo se había pronunciado sobre la validez de la ordenanza 6977/2023, pero no había tratado el planteo de inconstitucionalidad contra la resolución municipal 30/2024.

A  nivel nacional, la Corte Suprema no abordó esas cuestiones. El recurso fue rechazado por no cumplir con requisitos formales establecidos en una acordada del año 2007 que regula la presentación de escritos ante el máximo tribunal. Al quedar firme esa decisión, la discusión judicial quedó cerrada.

El caso había atravesado todas las instancias provinciales. El Superior Tribunal de Justicia pampeano había rechazado la demanda por «falta de legitimación activa», al considerar que los concejales no eran las personas indicadas para impulsar ese reclamo. Además, el tribunal sostuvo que la controversia planteada no correspondía ser analizada en ese proceso.

Tras el fallo,  se dispuso que los demandantes afrontaran las costas del juicio. Desde el municipio ya habían anticipado que, una vez firme la resolución, se avanzaría con la ejecución de honorarios y que los fondos serán destinados a la Cooperadora del Complejo Hospitalario Lucio Molas y René Favaloro para tratamientos de víctimas de siniestros viales.

Con el rechazo de la Corte Suprema, la implementación de la RTO en Santa Rosa queda convalidada desde el punto de vista judicial.

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