
La Comisión de Juicio Político rechazó in limine las denuncias, que solo contaron con el aval de Comunidad Organizada para avanzar en la investigación.
Este lunes fueron rechazadas las denuncias contra Roberto José Sapa Hugo Díaz, Fabricio Losi y Verónica Campo.
Tras el rechazo, Comunidad Organizada señaló:
A partir del ingreso de dos denuncias de juicio político contra integrantes del Superior Tribunal de Justicia en la Cámara de Diputados en la sesión del jueves pasado, en el día de hoy se reunió la comisión de la Sala Acusadora para dar trámite a las mismas.
Por la misma causa de impedimento de salud que el diputado Maximiliano Aliaga no había concurrido a la sesión de la semana pasada de la Cámara, tampoco lo pudo hacer hoy a la reunión de esa Sala Acusadora como integrante de la misma. No obstante ello, Comunidad Organizada, a través de la presidenta de bloque, Sandra Fonseca, se presentó los dos votos por escrito del diputado Maximiliano Aliaga en cada una de las dos denuncias de Juicio Político.
Una denuncia fue formulada por una ciudadana, que es parte en un juicio que ya lleva 27 años, invocando las mismas incoherencias en los resolutivos y accionar del Sr. José Sappa, integrante del Superior Tribunal de Justicia.
En la otra denuncia, un abogado pidió el enjuiciamiento político de tres integrantes del mismo tribunal. Hugo Díaz, Idelbrando Losi y Verónica Campo, invocando que los tres habían cubierto indebidamente el accionar indebido de personas en cargos judiciales en el carácter de sustitutos y que, por ello, al no poderse someter los sustitutos al procedimiento de la Constitución (Jurado de Enjuiciamiento), la responsabilidad por el accionar de estas personas recaía sobre los integrantes del Superior Tribunal de Justicia.
A partir de ello, Comunidad Organizada, en los dos votos por escrito presentados, manifestó:
Primero: Que no se puede realizar el rechazo in limine porque el primer paso que dice la Constitución es recabar los datos y elementos probatorios aportados por los denunciantes. Que sin perjuicio de ello, no se puede rechazar una denuncia sin siquiera conocer las pruebas que existen.
Segundo: Que el mismo Superior Tribunal de Justicia, en el año 2016, declaró aplicable en el Poder Judicial de La Pampa el denominado CÓDIGO MODELO IBEROAMERICANO DE ÉTICA JUDICIAL. El mismo, -sostiene Comunidad Organizada-, expresamente dice: «El Juez debe estar dispuesto a responder voluntariamente por sus acciones y/u omisiones». Y agrega:
«El Juez debe tener una actitud positiva hacia los sistemas de evaluación de su desempeño».
Esto significa que no debe tomarse un carácter restrictivo o impeditivo de investigar el accionar de los integrantes del Superior Tribunal de Justicia, sino que deben los mismos, tal como lo dice el mismo Código de Ética que ellos dicen aplicar, tener la disposición a explicarse, pero no ya solo ante diputados, sino fundamentalmente ante el procedimiento que la Constitución prevé.
No hacerlo es casi un encubrimiento político a integrantes del máximo órgano judicial de la provincia, conllevando lamentablemente un aumento de la pérdida de credibilidad en las instituciones de la provincia.

