
Un padre de 41 años fue condenado a siete meses de prisión en suspenso por pegarle a su hijo, después de recibir una nota por mal comportamiento en la escuela. Además lo tomó del cuello, lo arrastró hasta una habitación y lo dejó encerrado toda una noche.
La condena fue dictada por la jueza de control santarroseña, María Florencia Maza, al homologar un acuerdo de juicio abreviado rubricado por el fiscal Cristian Alejandro Ramón Casais, la defensora oficial Paula Lorena Arrigone, y el propio imputado, quien admitió la autoría de los hechos.
Con las pruebas aportadas durante la investigación preparatoria se comprobó que el progenitor agredió físicamente a su hijo de 14 años al salir de la escuela, donde había recibido una nota por “mal comportamiento”.
Ante ello, el acusado le dijo “vení, hacete el vivo conmigo, para luego comenzar a propinarle golpes de puño y patadas en la cabeza y en distintas partes del cuerpo, provocando que caiga al suelo”, de acuerdo a la descripción que puede leerse en el fallo. Posteriormente lo tomó del cuello, lo arrastró hacia una habitación y lo dejó encerrado durante la noche.
A su vez, ese mismo día, les advirtió a la víctima y a su hermana de 12 años que los mataría si contaban lo sucedido.
Al adolescente se le constataron varias lesiones en el rostro y también sufrió un traumatismo en el oído izquierdo y escoriaciones en el tórax, el brazo izquierdo y la región dorsal. De hecho, desde la posta sanitaria donde fue atendido llamaron a la policía y, a partir de ese momento, se inició la pesquisa.
El padre fue condenado por lesiones leves calificadas por el vínculo, en concurso real con amenazas simples. Teniendo en cuenta que se trata de una pena de ejecución condicional, y al no tener antecedentes registrables, se le fijó el cumplimiento de pautas de conducta durante dos años; bajo apercibimiento de revocarle la condicionalidad de la sanción en caso de no cumplirlas.
De esta forma, durante ese lapso deberá fijar domicilio, del que no se podrá ausentar sin conocimiento o autorización judicial; someterse al cuidado de la Unidad de Abordaje, Supervisión y Orientación de personas en conflicto con la ley penal; realizar un tratamiento psicoterapéutico; y abstenerse de entrar en contacto con sus dos hijos ni acercarse a menos de 200 metros de ambos.
El tiempo en el que deberá cumplir con esa última obligación dependerá del criterio que fije la Dirección General de Niñez y Adolescencia, en cuyo caso debería revisarse la medida.

