
El lunes Comunidad Organizada a través de la diputada Sandra Fonseca envió una nota de intimación a cada uno de los integrantes del Comité Ejecutivo del Consejo Provincial de Tránsito, ocupantes del cargo de Ministro de Seguridad, Jefe de Policía, Presidente del Directorio de Vialidad Provincial y Dirección de Transporte, para que dejen de obstaculizar el funcionamiento de este Consejo a los fines de darle cabida a la maniobra ilegal de mantener en ciudad de Santa Rosa, bajo la apariencia de una Revisión Técnica Vehicular, el impedimento de la libre circulación y de los santarroseños y, por extensión, de todos los pampeanos y de toda otra persona que quiera circular en un vehículo por la ciudad capital.
En la nota se especifica que la Revisión Técnica no es municipal, sino de exclusiva competencia provincial y precisamente el Consejo Provincial de Tránsito es el que la debe reglamentar.
Según expresó la diputada Di Nápoli, con “un contubernio durante el kirchnerismo, Sergio Ziliotto le permitió realizar un convenio, en tal sentido al intendente Di Napoli pese a la negativa del órgano provincial Asesoría Letrada de Gobierno quien le determinaba que no se podía autorizar a un municipio la implementación de la Revisión Técnica Vehicular por ser una competencia exclusivamente provincialn.
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“Posteriormente desde la municipalidad de Santa Rosa intimo al único taller habilitado por organismo nacional, para de esa manera impedir que expida y controle a vehículos radicados en la ciudad de Santa Rosa, y consecuentemente tengan que concurrir a otro taller cuya oblea no tendría validez en ningún lugar de la Argentina, como tampoco el taller integraría el Sistema de Seguridad Vial Nacional, por lo que esto, también constituye una maniobra que en algún momento, cuando se retome el sentido de justicia en La Pampa, deberá ser investigada como posible asociación ilícita, incumplimiento de deberes funcionario público, entre otros delitos”, expresó la legisladora.
En la nota se intimó a cada una de estas personas a que cesen en su conducta de incumplimiento de los deberes inherentes a sus cargos al impedir el funcionamiento del organismo provincial de Seguridad Vial, que, sin perjuicio de las graves y permanentes problemáticas y siniestros viales, lo mantienen inmovilizado para mantener el apriete ilegal sobre la población con la Revisión Técnica, incluso violando explícitamente la obligación de reunirse cuanto menos cada cuatro meses, cuanto ya hace más de un año y medio que no lo hacen.
Sin perjuicio de ello y por ley provincial a iniciativa de los bloques no oficialistas en la Cámara de Diputados, en La Pampa rige el sistema de desregulación total de los talleres de Revisión Técnica Vehicular para que, cuando dispongan de la iniciativa privada con las debidas controles y posteriores habilitaciones, se extienda por toda la provincia el sistema de Revisión Técnica Vehicular con validez nacional.
“Eso también está siendo impedido por el Poder Ejecutivo Provincial con incumplimiento flagrante a esa ley para mantener el sistema de apropiación indebida de dinero en la Revisión Técnica del intendente Di Napoli y su grupo político en Santa Rosa”, argumentó Fonseca.
A continuación, se transcribe la nota presentada a los distintos integrantes del órgano permanente del Consejo Provincia de Transito:
“Quien suscribe, dirijo a usted la presente como integrante del Comité Ejecutivo Permanente del Consejo Provincial de Tránsito -ley N° 1713, decreto reglamentario N° 737/97 en su anexo, artículo 2°- a los fines de intimarlo para que en forma inmediata cumpla las obligaciones inherentes a su cargo respecto al funcionamiento del Consejo Provincial de Tránsito y específicamente de ese Comité Ejecutivo.
La normativa vigente, e incumplida también por usted en su carácter de funcionario público, determina que el Consejo Provincial de Transito creado por ley N°1713 y su decreto reglamentario 737/97 debe reunirse periódicamente, lo cual intencionalmente no lo han hecho, no ya solo para presentar informes anuales, sino también frente a las funciones principales de ese órgano, cual es la de fiscalizar la aplicación de la ley, armonizar las acciones interjurisdiccionales, llevar adelante todo lo ateniente a la Revisión Técnica Vehicular, donde principalmente esta última, a partir de la exigencia de la Revisión Técnica Obligatoria, por parte de un solo municipio a nivel provincial.
Que sin perjuicio del incumplimiento de obligaciones inherentes a su cargo, al inmovilizar con perjuicio a una institución pública y no tratar ninguna de las situaciones que generan el aumento en todas sus formas de la inseguridad en el tránsito, en rutas y zonas urbanas de la provincia de La Pampa, también refiere a un hecho gravemente ilegal, como es el sometimiento a la población de la imposición bajo denominación Revisión Técnica Obligatoria pergeñada desde el municipio de Santa Rosa, el intendente a cargo de Luciano Di Napoli y un grupo de personas que generaron una ordenanza ilegal, lo que ha instaurado no ya solo un grave descontento social, sino un grave perjuicio económico a quienes transiten por la ciudad de Santa Rosa con la imposición de una multa económica por no poseer dicha Verificación Técnica.
Como usted debería saber, el Consejo Provincial de Seguridad es el que debe implementar, en su caso, la Revisión Técnica Vehicular, a partir del decreto N° 1270 del 30 de junio del 2004, de la provincia de La Pampa, se determinó a partir de la modificación del decreto provincial N° 737/97 (Art. 5º, inciso J) que el Consejo Provincial de Tránsito: “por vía reglamentaria deberá cumplimentar todo lo referente a la revisión técnica de vehículos automotores.
Como también el decreto N° 737/97 en su art. 39.- “El Consejo Provincial de Tránsito propondrá al Poder Ejecutivo las normas integrales tendientes a implementar la Revisión Técnica de vehículos automotores, en un plazo no mayor a los noventa días a partir de la fecha de entrada en vigencia del presente Decreto”.
Que sin perjuicio de ello, se ha dado un procedimiento extorsivo tendiente a que hoy el único taller habilitado por el ejecutivo municipal de Revisión Técnica Vehicular no se niegue a la realización de revisiones técnicas a vehículos de titularidad de personas radicadas en Santa Rosa. Para de esa manera imponer la concurrencia al pretendido taller de revisión técnica.
Dicha Revisión deja a toda la provincia en una situación de gravedad también, en el desconocimiento que al circular por la ciudad de Santa Rosa pueda ser retenido el vehículo o hasta intimidado de una sanción, también ilegal.
Que en las últimas horas fue anunciado con total desparpajo de un monto de 500.000 pesos, usando también para ello al organismo que aun siendo municipal debe aplicar la constitución y las leyes vigentes, como es el Juzgado de Faltas de la ciudad de Santa Rosa.
Sin perjuicio de ello, está vigente la ley N° 3657 por la cual La Pampa se ha adherido al decreto nacional N° 196/2025 que entre sus contenidos determina el nuevo sistema para la realización de la Revisión Técnica Vehicular y la extensión, a nivel de oferentes, para su instalación que facilite, reduzca costos y en definitiva sea más útil a todos los fines y que también ustedes, como integrantes permanentes del Consejo Provincial de Tránsito, lo tienen paralizado y por ende coadyuvante a la estafa usando instituciones públicas.
Sin dejar de tener presente que la estafa a la sociedad se perpetra a partir de la ilegal autorización de Sergio Ziliotto en el rol de gobernador al autorizar la firma -ante el pedido de Intendente Di Napoli- de un convenio con la Agencia Nacional de Seguridad Vial con fecha diciembre de 2023 a través de la disposición de la ANSV N° 999/2023 y que advirtió incluso la Asesoría Letrada de Gobierno de La Pampa, al emitir el dictamen 249/2023 donde manifestó que no correspondía que un municipio no puedan llevar a cabo la autorización para la realización de una revisión técnica vehicular en una localidad, porque es de exclusiva competencia provincial su regulación.
Todo ello significa, no ya sólo actos de corrupción, sino una gravísima asociación ilícita que está perpetrándose por funcionarios públicos, en una u otra secuencia de actuación, sea como partícipes necesarios en perjuicio permanente a la población.
Por lo tanto, intimamos, no ya sólo a llevar a cabo una reunión que dé cumplimiento al funcionamiento del Consejo de Tránsito, sino que ejerzan las obligaciones inherentes a su cargo también, impidiendo la continuación de esta conducta delictiva.
El silencio, la ambigüedad o el mantenimiento en el comportamiento omisivo será un agravante de su responsabilidad funcional y personal tanto a nivel penal como de los daños y perjuicios producidos.
Saludo atentamente.”

