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Subzona 14 II: La Fiscalía pidió 25 años de prisión para Baraldini, Greppi y el médico Pérez Oneto

19 febrero, 2019
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El Ministerio Público Fiscal (MPF) concluyó este martes con los alegatos y emitió el pedido de condenas contra los militares y policías por los crímenes de lesa humanidad cometidos en perjuicio de 234 víctimas en La Pampa, en el periodo comprendido entre 1975 y 1982.

La Fiscalía solicitó la pena de 25 años de prisión para el ex jefe de Policía, Luis Enrique Baraldini, el ex secretario de la Gobernación, Omar Greppi, estos dos militares. Pidió la misma pena para el médico policial, Máximo Alfredo Pérez Oneto.

Además, requirió la condena de 22 años de prisión para los expolicías Antonio Oscar Yorio, Nestor Bonifacio Cenizo, Carlos Reinhart, 20 años a Oscar Alberto «Miseria» Lopez, Juan Domingo Gatica, 18 años a Hugo Marenchino, 14 años para Jorge Quinteros, 12 años a Luis Lucero, 10 años Orlando Osmar Pérez al igual que Miguel Anguel Ochoa.

En la solicitud, el MPF solicitó también que se les revoque la prisión domiciliaria a los imputados que están bajo esa modalidad, que se les de la baja e inhabilitación por exoneración y que se retire el cobro de la pensión por jubilación o retiro. Al médico Máximo Alfredo Pérez Oneto se le pidió que le retiren la matricula en todas las jurisdicciones en las que se encuentre actuando.

En virtud reparatoria, también pidió que se restituya de manera inmediata el inmueble de la Escuela Hogar, ocupada por la Brigada Mecanizada del Ejercito, que pase bajo la órbita del Ministerio de Educación y que se incluya una placa que recuerde a las víctimas que pasaron por esa institución.




Los fiscales Loenel Gomez Barbella, Miguel Palazzani y Federico Iparraguirre, se turnaron para presentar las pruebas documentales y testimoniales, entre otras, contra los integrantes de la patota policial que actuaba bajo el comando de la Subzona militar 1.4, y luego se dio paso al pedido de las penas.

En primer término, Palazzani aclaró las responsabilidades directas y en menor grado de participación de los imputados en los hechos acreditados durante las sucesivas audiencias, y se refirió al caso del médico Máximo Alfredo Pérez Oneto, de quien dijo que «también le caben estas responsabilidades» por su actuación en el circuito represivo que funcionó en nuestra provincia durante es periodo y que lo ubica en la Seccional Primera, «no como médico, sino controlando el estado de salud de las víctimas para que durante las torturas no se mueran y pudieron sacarle más información. estaba para controlar que esas personas pudieran seguir brindando información, sino ¿que hace un médico en un centro clandestino de detención?», dijo el fiscal.

A su vez dijo que para el desarrollo del plan de secuestro, tortura y exterminio, que desplegó la dictadura militar en todo el territorio nacional, «necesariamente estas personas debieron repartir su rol, sino es inconcebible pensar como se llevaba a cabo este procedimiento, es decir, el desarrollo del plan general tuvo planes individuales que se coordinaron colectivamente», como fue aclarado en el capítulo de hechos y responsabilidades.

«‘¿Como conectamos lo que hicieron con la norma?», se preguntó Palazzani y recordó que respecto del primer histórico juicio se modificó la figura de «genocidio», y planteó la necesidad de «arribar a un consenso que permita desde una sentencia judicial, calificar los hechos juzgados como genocidio».

«Me parece que en este juicio se demostró que subyace en todo esto la necesidad de reemplazar la identidad colectiva y por eso la necesidad de eliminar a un grupo nacional. La historia marca lo que no habían podido hacerlo y la decisión final para la Argentina fue esta eliminación de parte de la sociedad que no compartían la visión económica, social, entre otras que tenían los perpetradores», explicó.

«No son solo hechos de privación ilegal de la libertad o tortura. La sentencia tiene que establecer la mayor relación posible con lo que pasó y la realidad, y dice eso, se intentó eliminar de manera efectiva y simbólica, aún buscamos a personas y niños apropiados, una identidad colectiva», remarcó.

Por otro lado, Palazzani dijo que «el reproche» no es solo a los mandantes, sino también de todos los que participaron en el desarrollo del plan en nuestra provincia, al referirse al delito de asociación ilícita.

Para completar, recordó que el delito era cometido por el Estado y las personas no podían encontrar resguardo en ninguno de los estamentos que brinda el Estado de Derecho, y volvió sobre los hechos de privación ilegal de la libertad y torturas a las víctimas.

El fiscal se refirió al discurso «negacionista» que continúa imperando y consideró que las sentencias son importantes en este sentido, y dijo que no se trata solo de «un fenómeno ético y moral» sino lo que reconocen los tratados internacionales que fueron reconocidos por la Corte Interamericana y la Corte Suprema. Por lo que argumentó que en ese sentido también es necesario un resarcimiento ejemplar a las víctimas.

«Los torturadores no pueden encontrar morigeración alguna. Por esto solicitamos que las condenas deben ser cumplidas en cárcel común», aclaró Palazzani y agregó que «lo primeros ofendidos son las víctimas, pero también los valores de la vida, la dignidad, la integridad, y la identidad colectiva, y si el Estado viola estos valores deben existir las penas correspondientes».

«Hay otra razón para el castigo de estos delitos y que es el derecho que tienen las víctimas a que el Estado cese con el «no castigo». La impunidad revictimiza permanentemente. Las víctimas, familiares, los sobrevivientes, contra todo pronóstico, no han realizado un solo acto por mano propia, honrado los valores que sus verdugos para justificar los crímenes subvirtieron», aseveró el fiscal.

La fiscalía solicitó que se revoque la prisión domiciliaria a los imputados que están bajo esa modalidad. «No se encuentran atenuantes en ninguno de los casos por los crímenes que se han llevado a cabo», completó.

En ultima instancia pidió la baja e inhabilitación por exoneración y que se retire el cobro de la pensión por jubilación o retiro de los imputados. Al médico Máximo Alfredo Pérez Oneto también se le pidió que le retiren la matricula en todas las jurisdicciones en las que se encuentre actuando.

Para concluir, pidió el establecimiento del reconocimiento colectivo a las víctimas por parte y citó el caso del diario La Nueva Provincia de Bahía Blanca, que tuvo que publicar la sentencia y decir que esas personas no eran delincuentes sino que fueron secuestrados, torturados y desaparecidos por su pertenencia social y política. Algo que no fue cumplido.

En virtud reparatoria, también pidió que se restituya de manera inmediata el inmueble de la Escuela Hogar, ocupada por la Brigada Mecanizada del Ejercito, que pase bajo la órbita del Ministerio de Educación y que se incluya una placa que recuerde a las víctimas que pasaron por esa institución.

Acusaciones 

En primer lugar, Iparraguirre acusó a Oscar Alberto Lopez, apodado «Miseria», y señalado por las victimas como unos de los torturadores de la patota de la Seccional Primera, por los delitos de genocidio, asociación ilícita, privación ilegal de la libertad en carácter de funcionario público, violencias y amenazas, e imposición de tormentos, cometidos en diversas oportunidades contra 23 víctimas.

Palazzani leyó las acusaciones contra el ex policía, Luis Horacio Lucero, integrante del departamento de informaciones que funcionaba bajo el comando de la Subzona 1.4. Durante su exposición se refirió a la prueba documental y testimonial, al referirse a la detención de Zulema Arizo, una de las víctimas. Lucero concurría a la Escuela donde se hacía pasar por una autoridad de Educación. Con Marenchino, Fiorucci y Reinhart, decían que era guerrillera igual que su marido para detenerla de manera ilegal. Arizo estaba embarazada cuando fue torturad por los represores.

El fiscal responsabilizó al imputado como coautor del delito de genocidio, asociación ilícita, privación ilegal en carácter de funcionario público, violencias y amenazas, e imposición de tormentos, contra Zulema Arizo.

Gomez Barbella se ocupó de exponer las pruebas contra el ex oficial de policía Orlando Osmar Pérez, apodado como «getón», señalado por las víctimas como uno de los que torturaba en la planta alta de la Seccional Primera, y lo acusó en carácter de coautor del delito de genocidio, asociación ilícita, privación ilegal en carácter de funcionario público, violencias y amenazas, e imposición de tormentos, en distintas ocasiones en perjuicio de 31 víctimas.

La fiscalía continuó con la lectura de las acusaciones contra Miguel Angel Ochoa, que realizaba tareas en la Seccional Primera. Ochoa participó de operativos de allanamientos y detenciones ilegales. También fue acusado como coautor del delito de genocidio, asociación ilícita, privación ilegal en carácter de funcionario público, violencias y amenazas, e imposición de tormentos, en distintas ocasiones en perjuicio de 4 víctimas.

Otro de los imputados, Juan Domingo Gatica, también integrante del grupo de tareas que actuaba bajo el comando de la Subzona 1.4.

En las pruebas testimoniales y documentales presentadas por el MPF, se ubica a Gatica como uno de los interrogadores y torturadores de la Seccional Primera, entre otros. Por esto, el cuerpo de fiscales responsabilizó al imputado como coautor delito de genocidio, asociación ilícita, privación ilegal en carácter de funcionario público, violencias y amenazas, e imposición de tormentos, en distintas ocasiones en perjuicio de 25 víctimas.

Para finalizar, Gomez Barbella, presentó los documentos que sindican a Jorge Osvaldo Quinteros como uno de los integrantes de la patota policial de la Seccional Primera, entre ellos, el de la designación como oficial de apoyo bajo el comando de la Subzona 1.4

El fiscal lo imputó como coautor de genocidio, asociación ilícita, privación ilegal en carácter de funcionario público, violencias y amenazas, e imposición de tormentos, en distintas ocasiones en perjuicio de 4 víctimas.

Subzona 14 II: pidieron condenas de 25 años para Baraldini, Greppi y el médico Pérez Oneto

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