
Juan Pablo Bonino fue consultado sobre procesos de adopción y recordó que entre el retiro de un menor, como medida excepcional y la declaración de adoptabilidad, pasan al menos dos años.
El subsecretario de Niñez de La Pampa, Juan Pablo Bonino, fue consultado sobre reclamos de familiares que solicitan la restitución de niños, niñas y adolescentes a sus familias biológicas, luego de varios años, según casos conocidos en los últimos días.
Bonino destacó el trabajo de los equipos de Niñez, profesionales y Juzgados de Familia en cada situación y recordó que pasan al menos dos años entre que un menor se da en guarda a una familia, porque está en riesgo su integridad, hasta que se decide pasarlo a una situación de adoptabilidad.
“De esta subsecretaría depende la Dirección General de Niñez, Adolescencia y Familia, pero no voy a hacer menciones a casos particulares, ya que es necesario preservar a los niños, no revictimizarlos ni estigamtizarlos, cosa que ocurre cuando se los nombra o publican sus fotografías”, dijo.
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“En cualquier procesos de estas características, hay muchos años de trabajo detrás, de equipos técnicos, de la Dirección de Niñez, de Profesionales de Juzgados de Familia y profesionales de Discapacidad, si se trata de niños con discapacidad. Es un trabajo serio y muy comprometido y no se llega a una situación de adoptabilidad de un día para el otro”, afirmó al periodista Daniel Lucchelli.
“Para que se entienda, todo comienza con la toma de una medida excepcional que consiste en retirar a un niño de su núcleo familiar, por razones de gravedad y partir de que se toma esa medida, que la toma el organismo de aplicación, la Dirección General de Niñez y Adolescencia, automáticamente se le da intervención al Juzgado de Familia, que hace el control de legalidad de esa medida”, explicó.
Bonino explicó que hay un plazo máximo de 180 días para que el niño o niña pueda volver con su familia. “Para eso, la familia debe revisar un montón de cuestiones, que son las que provocaron en su momento, el retiro de sus hijos. Vencido ese plazo, recién ahí se pide judicialmente, declaración de situación de adoptabilidad, donde se inicia otro proceso judicial, donde también son notificados y pueden intervenir los padres o madres biológicos”.
“Se los debe notificar obligatoriamente y en este proceso se determina la declaración de situación de adoptabilidad o, si el juez entiende, que hay razones que permiten continuar el trabajo con la familia o restituir esos niños a la familia, se puede ordenar”, aclaró Bonino.
“Una vez que se declara la situación de adoptabilidad, el juez o jueza de familia pide al Registro Único de Adoptantes, un listado de posibles adoptantes para esos niños. Se presenta el listado y se otorga una guarda preadoptiva, con una duración de seis meses. Si esa guarda se desarrolla adecuadamente, se aprueba y se inicia el juicio de adopción”, explicó el funcionario pampeano.
“Estos son procesos que duran no menos de dos años, entre que se otorga una medida excepcional, hasta que se entrega en adopción, es un proceso que dura no menos de dos años, con participación de todos quienes tienen derechos, como padres, abuelos o tíos”, dijo Bonino.
“Lo que hay que entender es que jamás un niño se retira por una cuestión económica. Que una madre no tenga posibilidades materiales de alimentar a su hijo, eso jamás será una razón para que se retire un niño. Cuando hablamos de motivos graves, se tratan de negligencias graves, maltratos graves y abandonos graves. Uno puede entender que transcurridos dos, o tres o cuatro años, una madre se sienta en condiciones de recuperar a ese niño, pero hay que entender que todos los organismos que trabajan en el área buscan satisfacer el interés superior del niño. Un niño o niña no es un paquete que no puedo o quiero cuidar, por el motivo que fuera y lo entrego, dejo que me lo retiren y cuando lo siento mejor, a los cuatro o cinco años, quiere recuperarlo. Porque en la vida de un niño, cuatro o cinco años es lo que define cómo será su futuro”, dijo.
En este sentido, Bonino dijo que no se puede esperar cuatro o cinco años a que los padres, madres o abuelos puedan ejercer su rol adecuadamente. “El niño no puede esperar y, además tiene el derecho a desarrollarse en un ambiente familiar y si el biológico no es el adecuado, la ley contempla la adopción que, insisto, es un proceso sumamente respetuosos de todos quienes intervienen”.
“A nadie de quienes trabajamos en estas áreas nos gusta retirar un niño de su hogar. Si esto ocurre, es porque ese niño está en un riesgo grave y no hay posibilidades de trabajar en una restitución de derechos, si no se lo retira de su seno familiar”.
Por otra parte Bonino afirmó que también hay situaciones que los retiros de menores terminan con restituciones a sus familias. “Cuando los padres o madres entienden los retiros como una oportunidad y no una condena, lo entienden como una oportunidad para revisar las razones que llevaron a que no pudieran cuidar al niño adecuadamente, si un padre o madre reconoce esto, lo más probable es que termine en una restitución a su familia”.
Por último, Bonino fue consultado sobre reclamos específicos contra funcionarios locales y señaló que tiene que ver porque son las caras visibles detrás de todo un proceso. Destacó el trabajo que se lleva adelante en su área y reiteró que el retiro de menores de sus padres biológicos o familiares es la última medida, priorizando siempre la integridad de las y los niños.
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