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Subzona 14: Casación rechazó un recurso de Baraldini para ser apartado del juicio

25 marzo, 2022
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La Cámara Federal de Casación descartó el planteo de su abogado Pedro Mercado contra la decisión del Tribunal Oral Federal de que el represor cuenta con todas las facultades físicas y mentales para afrontar el juicio en su contra por los delitos de lesa humanidad cometidos durante la dictadura en La Pampa.




El exjefe de Policía de La Pampa, Luis Enrique Baraldini, fue llevado una vez más al banquillo de los acusados en este tercer juicio de la Subzona 14 e intenta zafar, pero la Cámara Federal de Casación le dio un revés a la estrategia legal.

Su abogado defensor Pedro Mercado presentó un recurso de Casación contra el fallo del Tribunal Oral Federal por Baraldini debe continuar en juicio, alegando la “incapacidad sobreviniente”, es decir, la afectación de las facultades mentales del represor.

Pero los camaristas Eduardo Riggi, Juan Carlos Gemignani y Mariano Borinski, no ahondaron en la resolución del Tribunal al considerarla suficientemente fundada, y declararon inadmisible el recurso de Mercado, ya que procesalmente no fundamentó la violación al derecho federal, que es lo que se juzga en una instancia de este tipo.

«(…)para habilitar la vía intentada es necesario que se halle además involucrada, en el caso, alguna cuestión federal, la que no ha sido suficientemente acreditada, dado que el recurrente no consigue demostrar la arbitrariedad del decisorio, ni el error en la aplicación de la norma procesal que alega», señala la resolución de la Cámara

«Cabe señalar que el tribunal de grado examinó la procedencia del instituto a la luz de su regulación en el
artículo 77 del ordenamiento procesal, que establece la suspensión del proceso sólo si sobreviniere la incapacidad mental del imputado, descartando fundadamente, en base a los informes médicos, la concurrencia de tal circunstancia», resolvió Casación, haciendo referencia al artículo citado del CPPN, es decir, del derecho común.

«Por lo demás, el a quo realizó un análisis de los dictámenes médicos realizados a Baraldini, haciendo especial hincapié en el que los especialistas del Cuerpo Médico Forense realizaron en forma personal al nombrado y que les permitió concluir que sus facultades mentales se encuentran ‘conservadas en el contexto del ciclo vital octogenario que cursa presentando adecuada conservación de los canales de comunicación como para participar del proceso penal en curso'».

«En virtud de ello sostuvieron los magistrados que ‘… las conclusiones expuestas por los especialistas en salud mental dan razones suficientes para entender que en la actualidad la salud de Luis Enrique Baraldini no se encuentra afectada de modo tal que impida su participación en el debate bajo las condiciones en que el mismo se viene llevando adelante’”, da cuenta de la resolución tomada por el TOF.

«En consecuencia, por no advertirse a esta altura del proceso el vicio en la aplicación de la norma que se alega, ni la arbitrariedad en las conclusiones del a quo, debe declararse inadmisible el recurso de casación interpuesto, con costas (arts. 530 y ccs del C.P.P.N.)», señala el fallo de Casación.

Juicio

Baraldini estuvo prófugo durante el primer juicio, en 2017 se lo llevó ante el Tribunal y fue condenado a 25 años de prisión e inhabilitación absoluta y perpetua, por delitos de asociación ilícita, secuestro, torturas, contra 214 víctimas. El exmilitar revestía como Oficial de Inteligencia del Estado Mayor General del Destacamento de Exploración de Caballería Blindada 101 y, tras el golpe del 24 de marzo de 1976, fue puesto a cargo de la Policía de La Pampa. En este tercer juicio enfrenta las mismas acusaciones y además se lo imputa como coautor mediato de abuso sexual con acceso carnal. Su prontuario en las fuerzas armadas incluye una participación en la insurrección carapintada y en el intento de Golpe de Estado al expresidente de Bolivia, Evo Morales, en el año 2009.

Además de Baraldini, en el banquillo está sentado por primera vez Jorge Omar De Bartolo, integrante de la plana mayor de la Subzona 14, al que se le imputan, entre otros delitos, el de abuso sexual con acceso carnal contra una de sus víctimas.

Ahora De Bártolo está internado en el Santorio Otamendi en Buenos Aires con coma inducido por un cuadro grave de salud.

Por último, Carlos Reinhart, exoficial de la Policía de La Pampa en la Seccional Primera y la Brigada de Investigaciones, ambas al servicio del Grupo de Trabajo de la Subzona 1.4. Ya fue condenado en los dos juicios anteriores, también está imputado por abuso sexual de una de las víctimas.

En el alegato final, la Fiscalía solicitó la pena de 25 años de prisión para Baraldini y De Bartolo, 22 años de cárcel para Reinhart, y la calificación de genocidio.

Además solicitó que se señale que los delitos sexuales constituyen violencia de género.

Como parte del trámite, también solicitó que se le retire a los represores el beneficio de la prisión domiciliaria y sean recluidos en cárcel común.

Subzona 14: La fiscalía pidió 25 años de prisión para los represores y la calificación de genocidio

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