
El abogado querellante, Juan Veneri, destacó la decisión del Tribunal de Impugnación Penal que revocó el fallo que dio el juez Andrés Olié que había dictado 3 años de prisión en suspenso a la enfermera de Doblas, y la condenó a 10 años de prisión efectiva por abuso sexual con acceso carnal.
El abogado que representa al padre de la menor, señaló que el TIP “hizo lugar a los planteamientos del fiscal acompañada por nosotros los querellantes”, le dijo al periodista Daniel Lucchelli.
Detalló que el fallo del juez fue “un fallo inusual porque ninguna de nuestras hipótesis a criterio del juez de audiencia fueron acreditados. A buena hora de haber impugnado esa sentencia”.
Agregó que “el fallo del TIP es claro y contundente. En el fallo anterior no se había hecho una interpretación armónica e integral de la prueba y había una motivación insuficiente o contradictoria de la solución o de la respuesta jurisdiccional de Olie, donde entendíamos de parte del juez que había un descreimiento o que le creía a la víctima de manera parcial».
Expresó que «No podíamos entender como el relato había sido suficiente para arribar a la certeza de un abuso simple y no de un abuso con acceso carnal como lo manifestaba la propia menor, con el agravante, de que todas las intervenciones estaban en la misma dirección que advertían signos específicos e inespecíficos de abuso”.
Al ser consultado de que vecinos de Doblas han visto a la mujer en las calles, expresó que “la sentencia es a 10 años, pero obviamente cuando quede firme. Toda resolución judicial hasta que no queda firme no tiene efecto”.
Recordó que “Ha habido un reexamen solicitado por el Ministerio Público para que se haga lugar la prisión preventiva efectiva, pero se rechazó ese planteo su señoría entendió que no era procedente”, le comentó al periodista Daniel Lucchelli.

