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Fallo por Chacras del Oeste: la excepción “inventada” de la Municipalidad y el “curioso” aval de Bongianino

30 noviembre, 2023
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El intendente Rodolfo Álvarez sale a hablar con los compradores y el propietario de las tierras, luego de una manifestación frente al municipio para exigirle los libre deuda para poder escriturar.

Este jueves el Superior Tribunal de Justicia resolvió que la Municipalidad otorgue los libre deuda que no quería darle al propietario de los inmuebles que están detrás del basurero municipal para que puedan ser escriturados por quienes los compraron en 2021. Las dilaciones de las autoridades y la «ayuda» del funcionario judicial que no alcanzó.




El caso tomó relevancia pública en 2022, cuando después de la negativa de la Municipalidad de otorgar el libre de deuda al propietario, Marcelo Gallego, las y los compradores se manifestaron en reclamo del documento público. Las tierras que adquirieron en 2021 aún están sin escriturar porque la Municipalidad no quiso darle el libre deuda al propietario, por supuestas “irregularidades”. Pero lo que en realidad ocurrió y quedó reflejado en el fallo de los jueces del STJ José Roberto Sappa y Eduardo Fernández Mendía, es que la Municipalidad actuó con “arbitrariedad”.

“Desconocemos las motivaciones que tiene el intendente”, dijo la abogada Paula Rautenberg, representante de Marcelo y Norma Gallego, y Guillermo Raffo, propietarios y vendedores de los inmuebles, sobre la actitud del jefe comunal Rodolfo Álvarez, quien había dicho públicamente que nunca iba a dar esos documentos, en lo que después quedó demostrado en el fallo como una actitud al margen de la ley.

Rautenberg dijo a Plan B Noticias que “hay que destacar la sentencia del STJ porque la Municipalidad tiene la obligación de ceder los libre si la persona no tiene deuda, y es el caso. Entre las pruebas que presentamos está la nota emitida por la jueza de Faltas de Toay donde consta que los propietarios no tenía deudas ni multas. Es totalmente arbitrario”, agregó la letrada.

Chacras del Oeste: El STJ falló contra la Municipalidad de Toay y deberá entregar los libre deuda

“Es un certificado que tiene la obligación de emitir para que el escribano interviniente pueda realizar la escritura. Primero expidieron una parte y después cambió de parecer porque argumentaban irregularidades”, argumentó.

Lo que ocurrió fue que la Municipalidad planteó que había “irregularidades” respecto de lo que establece el Código de Ordenamiento Urbano. Lo que decía era que no se respetaban las subdivisiones de las parcelas, que en este caso eran alambrados que fueron colocados por quienes adquirieron las tierras. Pero en febrero del 2021, luego de que fuera aclarado, el municipio expidió el visado definitivo de la división parcelaria, lo que permitió posteriormente que el plano fuera aprobado definitiva por la Dirección de General de Catastro de La Pampa ese mismo año. Cuando se quisieron vender las tierras, para lo que se solicita el libre deuda, el 27 de octubre del 2021 y de manera arbitraria, el municipio de Toay expidió solo 13 y los otros 14 fueron negados, contradiciendo lo que había habilitado a principio de ese mismo año.

“El área de Hacienda de la Municipalidad de Toay expidió 13 certificados de libre de deuda a pedido del escribano y luego lo traban en la Dirección de Asuntos Jurídicos con la Dirección de Obras Particulares y Planeamiento Urbano los 14 restantes porque encontraban irregularidades, que no hubo. Esto en el derecho administrativo es lo que se llama “arbitrariedad”, es decir, el intendente no quiso darlos”, explicó Rautenberg.

Al respecto, detalló que la Municipalidad contaba con herramientas para hacer valer su autoridad de control. “Lo que debería haber hecho si había una irregularidad era labrar un acta, presentarla en el Juzgado de Faltas, y recién después si hay una multa se paga y se terminó. Pero eso no ocurrió porque la Municipalidad actuó al margen de la ley, caprichosamente. No sabemos cuál es la motivación del intendente”, agregó.

Las excepciones “inventadas” de la Municipalidad y la mano del procurador Bongianino

La abogada contó que el proceso llevó este tiempo porque “por un requisito de admisibilidad de la demanda, debían agotarse todas las instancias administrativas”.

Además, planteó que en el proceso judicial la Municipalidad “usó todas las chicanas y artimanias posibles. Presentó pruebas que llamaba a testificar a funcionarios propios, acompañó un expediente administrativo incompleto, sin foliar, entre otras cosas”, detalló.

Rautenberg reveló a su vez que la Municipalidad “aún después del agotamiento del proceso administrativo, contestó planteando dos excepciones, una de cosa juzgada, que no correspondía porque la vez anterior fue cuando nos pidieron agotar la vía administrativa, y otra que fue inventada, que le pusieron agotamiento de la vía, que lo plantearon como excepción y es un requisito de admisibilidad de la demanda, y que ya fue resuelto en otra instancia. Lo peor fue que el propio procurador general Mario Bongianino le dio la razón a la contestación del municipio”.

“A pesar de eso, seguimos en carrera con la demanda, ellos presentaron mil pruebas para dilatar todo, le respondimos y lo ganamos. Y solamente como corresponde en derecho administrativo, se tuvieron en cuenta lo del expediente, hasta el último recurso que le presentado a Obras Particulares y el intendente, que nunca fueron contestados, hicieron silencio administrativo y vencido el plazo nos permitió plantear la acción ante el STJ. Después de todo ese derrotero se hizo lugar a la demanda y se declararon nulos todos los actos administrativos del 8 de agosto del 2022 que había emitido la dirección de obras particulares denegando el certificado de libre de deuda respecto de las 14 chacras”, completó la abogada.

Por último, recalcó que “el vendedor quiere con todo el derecho vender y los compradores con todo el derecho del mundo escriturar” y que después “la Municipalidad podrá como inspector revisar si hay alguna infracción al Código de Ordenamiento Urbano”.

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